El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 7 redacciones

Artículo 76. Sujetos pasivos.

Artículo 76 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. · BOE-A-1991-14463

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

1. Son sujetos pasivos de este Arbitrio en concepto de contribuyentes las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria, que sean productores o importadores.

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se consideran:

a) Productores: los empresarios titulares de una producción empresarial, tal y como se define en el artículo 67, número 2 apartado 3.º de la presente Ley.

b) Importadores: los expresados en el artículo 21 de la presente Ley.

2. Son sujetos pasivos en concepto de sustitutos, en los supuestos de devengo diferido previstos en el artículo 75 de esta Ley, las personas distintas de las previstas en el número anterior que decidan el abandono del régimen suspensivo de los impuestos especiales de fabricación.

Su anterior numeración era art. 79.

Se añaden los apartados 1.k) y l) por el art. 10 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1997-28053.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 7 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 20/1991

En El Vínculo puedes leer Ley 20/1991 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.