Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2021-6051 · Boletín Oficial del Estado, 2021-04-16 · Comunitat Valenciana
Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-03-26
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 91, 2021-04-16
- Entrada en vigor
- 2021-04-30
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 103
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-6051
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Naturaleza jurídica de la institución.
- Artículo 3. Sede.
- Artículo 4. Propuesta y elección.
- Artículo 5. Nombramiento y toma de posesión.
- Artículo 6. Mandato.
- Artículo 7. Declaraciones de intereses y de bienes y adhesión al Código de buen gobierno de la institución.
- Artículo 8. Cese.
- Artículo 9. Suspensión de funciones.
- Artículo 10. Garantías y prerrogativas.
- Artículo 11. Incompatibilidades.
- Artículo 12. Número y atribuciones.
- Artículo 13. Propuesta y elección.
- Artículo 14. Nombramiento y toma de posesión.
- Artículo 15. Cese y suspensión de funciones.
- Artículo 16. Prerrogativas e incompatibilidades.
- Artículo 17. Actuaciones e inactividades sujetas a investigación.
- Artículo 18. Supuestos de exclusión.
- Artículo 19. Situaciones de riesgo de exclusión o especial vulnerabilidad.
- Artículo 20. Interlocución con organizaciones y entidades.
- Artículo 21. Diagnóstico y adopción de iniciativas.
- Artículo 22. Formas de inicio.
- Artículo 23. Investigación de oficio.
- Artículo 24. Investigación a instancia de parte.
- Artículo 25. Otras legitimaciones para instar el inicio del procedimiento.
- Artículo 26. Presentación y registro interno.
- Artículo 27. Gratuidad.
- Artículo 28. Contenido.
- Artículo 29. Plazo.
- Artículo 30. Admisión a trámite.
- Artículo 31. Impulso y tramitación.
- Artículo 32. Suspensión y continuidad de actuaciones.
- Artículo 33. Resolución.
- Artículo 34. Comunicación.
- Artículo 35. Obligación de responder.
- Artículo 36. Compensación a particulares.
- Artículo 37. Suministro de información y documentación.
- Artículo 38. Acceso a dependencias, archivos y registros.
- Artículo 39. Negativa a colaborar.
- Artículo 40. Investigación de conductas individuales.
- Artículo 41. Incumplimiento de resoluciones.
- Artículo 42. Exigencia y determinación de responsabilidades.
- Artículo 43. Solicitud.
- Artículo 44. Deber de reserva.
- Artículo 45. Denegación motivada.
- Artículo 46. Conciliación, mediación y composición de controversias.
- Artículo 47. Objeto y contestación de consultas y solicitudes.
- Artículo 48. Impulso para la interposición de recursos de amparo.
- Artículo 49. Impulso para la interposición de recursos de inconstitucionalidad.
- Artículo 50. Impulso para la interposición de conflictos de competencias.
- Artículo 51. Presentación.
- Artículo 52. Contenido.
- Artículo 53. Exposición.
- Artículo 54. Publicación.
- Artículo 55. Presentación.
- Artículo 56. Contenido.
- Artículo 57. Exposición.
- Artículo 58. Publicación.
- Artículo 59. Presentación.
- Artículo 60. Contenido.
- Artículo 61. Exposición.
- Artículo 62. Publicación.
- Artículo 63. Comparecencias a instancia de la persona titular del Síndic de Greuges.
- Artículo 64. Comparecencias a instancia de las Corts Valencianes.
- Artículo 65. Colaboración con las instituciones estatutarias y adscritas a las instituciones de la Generalitat Valenciana.
- Artículo 66. Colaboración de la Administración de la Generalitat.
- Artículo 67. Colaboración del sector público instrumental de la Generalitat.
- Artículo 68. Colaboraciones específicas en materia de transparencia y buen gobierno.
- Artículo 69. Marco normativo.
- Artículo 70. Colaboración.
- Artículo 71. Convenios.
- Artículo 72. Cooperación con la institución del Defensor del Pueblo Europeo.
- Artículo 73. Cooperación con instituciones homólogas de otras comunidades autónomas.
- Artículo 74. Cooperación con órganos vinculados a la Administración local.
- Artículo 75. Cooperación con órganos vinculados a las universidades valencianas.
- Artículo 76. Cooperación con otros organismos y entidades nacionales e internacionales.
- Artículo 77. Proyección exterior.
- Artículo 78. Actuaciones de promoción.
- Artículo 79. Labores de difusión.
- Artículo 80. Vías e instrumentos para la divulgación.
- Artículo 81. Medios públicos de comunicación.
- Artículo 82. Elaboración y aprobación.
- Artículo 83. Publicación.
- Artículo 84. Resoluciones e instrucciones de desarrollo.
- Artículo 85. La Secretaría General.
- Artículo 86. Composición.
- Artículo 87. Funciones.
- Artículo 88. Elaboración del presupuesto.
- Artículo 89. Régimen económico.
- Artículo 90. Dotaciones presupuestarias.
- Artículo 91. Examen de las cuentas.
- Artículo 92. Régimen jurídico.
- Artículo 93. Personal funcionario.
- Artículo 94. Personal laboral.
- Artículo 95. Personal eventual.
- Artículo 96. Régimen jurídico aplicable.
- Disposición transitoria primera. Aplicación de la ley al titular del Síndic de Greuges, a su adjunta y a su adjunto.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley.
- Disposición transitoria tercera. Aplicación del Reglamento de organización y funcionamiento vigente.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Aprobación del nuevo Reglamento de organización y funcionamiento, de la relación de puestos de trabajo y del Código de buen gobierno de la institución.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 121 de 21 de mayo de 2021 |
| Corrección de errores | en DOGV núm. 9077, de 6 de mayo de 2021 |
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. |
| Deroga | Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2021?
- Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2021?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.