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Ley Vigente

Artículo 50. Impulso para la interposición de conflictos de competencias.

Artículo 50 de la Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2021-6051

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.

Texto consolidado

Cuando el síndico o la síndica de Greuges estime que en un tema directamente vinculado con el ejercicio de sus funciones existen motivos fundados para proceder a la interposición de conflictos de competencias, podrá instar al Consell o a la Administración local correspondiente para que interponga un conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-30.

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