Artículo 69. Marco normativo.
Artículo 69 de la Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2021-6051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.
Texto consolidado
En el marco de la normativa estatal que regula la institución del Defensor del Pueblo y sus relaciones con las figuras similares existentes en las comunidades autónomas, el Síndic de Greuges mantendrá las necesarias relaciones de colaboración y cooperación con aquella para contribuir a la máxima coordinación en el ejercicio de sus respectivas funciones.