Artículo 27. Gratuidad.
Artículo 27 de la Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2021-6051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.
Texto consolidado
1. Ni la presentación de quejas, ni las actuaciones llevadas a cabo por el Síndic de Greuges en el marco de los procedimientos de investigación iniciados como consecuencia de aquellas, tendrán coste alguno para las personas interesadas.
2. Para instar la actuación del Síndic de Greuges no se precisa asistencia letrada ni representación procesal.