Artículo 75. Cooperación con órganos vinculados a las universidades valencianas.
Artículo 75 de la Ley 2/2021, de 26 de marzo, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2021-6051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.
Texto consolidado
1. El Síndic de Greuges cooperará con todos aquellos órganos vinculados a las universidades de la Comunitat Valenciana cuyas funciones estén relacionadas con la defensa de los derechos y libertades dentro de su ámbito material de actuación.
2. Cuando reciba una queja relativa a la actuación o inactividad de las universidades de la Comunitat Valenciana, el Síndic de Greuges podrá poner en conocimiento de la persona interesada la posibilidad de acudir a los órganos referidos en el primer apartado de este precepto.