Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.
BOE-A-2020-11046 · Boletín Oficial del Estado, 2020-09-23 · Comunitat Valenciana
Ley 1/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-06-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 253, 2020-09-23
- Entrada en vigor
- 2020-06-16
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-06
- Artículos
- 129
- Identificador BOE
- BOE-A-2020-11046
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos y todas las ciudadanas que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación de la ley.
- Artículo 3. Principios rectores de la actividad de juego.
- Artículo 4. Políticas de juego responsable.
- Artículo 5. Medidas de carácter general para la prevención de la ludopatía.
- Artículo 6. Estrategia Valenciana Integral de Prevención y Tratamiento del Juego Patológico.
- Artículo 7. Perspectiva inclusiva.
- Artículo 8. Limitaciones de la publicidad, promoción, patrocinio e información comercial.
- Artículo 9. Juegos autorizables.
- Artículo 10. Juegos prohibidos.
- Artículo 11. Atribuciones del Consell.
- Artículo 12. Atribuciones de la conselleria competente en materia de juego.
- Artículo 13. Atribuciones del órgano directivo competente en materia de juego.
- Artículo 14. La Comisión de Juego de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 15. La Comisión Técnica de Coordinación Interadministrativa en Materia de Juego.
- Artículo 16. Derechos de las personas jugadoras.
- Artículo 17. Obligaciones de las personas jugadoras.
- Artículo 18. Prohibiciones de participación en actividades de juego.
- Artículo 19. Prohibiciones de acceso a locales y portales web de juego.
- Artículo 20. Del personal que realiza su actividad en empresas de juego.
- Artículo 21. Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 22. Control de admisión en locales de juego y en el juego realizado por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos.
- Artículo 23. Autorizaciones.
- Artículo 24. Requisitos generales de las autorizaciones de las empresas de juego.
- Artículo 25. Extinción y revocación de las autorizaciones.
- Artículo 26. Requisitos de constitución de las empresas de juego.
- Artículo 27. Prohibiciones para ser titular de autorizaciones para la organización del juego.
- Artículo 28. Fianzas.
- Artículo 29. Juegos de loterías y boletos.
- Artículo 30. Los juegos de casinos.
- Artículo 31. Juegos de bingo.
- Artículo 32. Juegos de máquinas recreativas o de azar.
- Artículo 33. Clasificación de las máquinas de juego.
- Artículo 34. Requisitos y ubicación de las máquinas de juego.
- Artículo 35. Juego de las apuestas.
- Artículo 36. Las rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.
- Artículo 37. Definición.
- Artículo 38. Autorización.
- Artículo 39. Requisitos de las empresas.
- Artículo 40. Obligaciones de las empresas de juego.
- Artículo 41. Sitios utilizados bajo la denominación «.es».
- Artículo 42. Derechos y obligaciones de las personas jugadoras.
- Artículo 43. Sistemas técnicos de juego.
- Artículo 44. Unidad Central de Juego.
- Artículo 45. Establecimientos de juego.
- Artículo 46. Casinos de juego.
- Artículo 47. Salas de bingo.
- Artículo 48. Salones recreativos.
- Artículo 49. Salones de juego.
- Artículo 50. Locales específicos de apuestas.
- Artículo 51. Otros locales habilitados para la instalación de máquinas de juego.
- Artículo 52. Homologación de material de juego.
- Artículo 53. Laboratorios o entidades de ensayo.
- Artículo 54. Registro General de Juego de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 55. La inspección.
- Artículo 56. Funciones y facultades de la inspección.
- Artículo 57. Actas de inspección.
- Artículo 58. Infracciones administrativas.
- Artículo 59. Infracciones muy graves.
- Artículo 60. Infracciones graves.
- Artículo 61. Infracciones leves.
- Artículo 62. Responsables de las infracciones.
- Artículo 63. Sanciones administrativas.
- Artículo 64. Competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 65. Sanciones accesorias.
- Artículo 66. Graduación de las sanciones.
- Artículo 67. Pago de las sanciones.
- Artículo 68. Procedimiento sancionador.
- Artículo 69. Prescripción y caducidad.
- Artículo 70. Medidas provisionales.
- Artículo 71. Hecho imponible.
- Artículo 72. Exenciones.
- Artículo 73. Devengo y exigibilidad.
- Artículo 74. Contribuyentes.
- Artículo 75. Base imponible.
- Artículo 76. Cuota íntegra.
- Artículo 77. Hecho imponible.
- Artículo 78. Devengo y exigibilidad.
- Artículo 79. Contribuyentes.
- Artículo 80. Responsables.
- Artículo 81. Base imponible.
- Artículo 82. Cuota íntegra.
- Artículo 83. Hecho imponible.
- Artículo 84. Devengo y exigibilidad.
- Artículo 85. Contribuyentes.
- Artículo 86. Responsables.
- Artículo 87. Base imponible.
- Artículo 88. Cuota íntegra.
- Artículo 89. Base imponible.
- Artículo 90. Devengo y exigibilidad.
- Artículo 91. Base imponible.
- Artículo 92. Cuota íntegra.
- Artículo 93. Período impositivo, devengo y exigibilidad.
- Artículo 94. Base imponible.
- Artículo 95. Cuota íntegra.
- Artículo 96. Cuota líquida.
- Artículo 97. Especialidades de cada pago trimestral.
- Artículo 98. Período impositivo, devengo y exigibilidad.
- Artículo 99. Cuota íntegra.
- Artículo 100. Hecho imponible.
- Artículo 101. Devengo y exigibilidad.
- Artículo 102. Contribuyentes.
- Artículo 103. Base imponible.
- Artículo 104. Cuota íntegra.
- Disposición transitoria primera. Normativa de los reglamentos de juego.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de las autorizaciones concedidas de acuerdo con la normativa anterior.
- Disposición transitoria tercera. Régimen sancionador.
- Disposición transitoria cuarta. Fianzas.
- Disposición transitoria quinta. Apuestas en el juego de Pilota Valenciana.
- Disposición transitoria sexta. Suspensión de las autorizaciones de explotación.
- Disposición transitoria séptima. Período transitorio de adaptación de los establecimientos de juego.
- Disposición transitoria octava. Período transitorio de adaptación de las máquinas de juego tipo B y de las máquinas auxiliares de apuestas.
- Disposición transitoria novena. Máquinas auxiliares de apuestas en locales de hostelería y similares y en recintos deportivos.
- Disposición transitoria décima. Moratoria de nuevas autorizaciones.
- Disposición transitoria undécima. Plazo de elaboración de la Estrategia valenciana integral de prevención y tratamiento del juego patológico.
- Disposición adicional primera. Instalación en régimen de ensayo.
- Disposición adicional segunda. Zonas saturadas de establecimientos de juego.
- Disposición adicional tercera. Modificación de la disposición adicional cuarta de la Ley 2/2018.
- Disposición adicional cuarta. Del cuerpo de inspección al juego.
- Disposición adicional quinta. Modificación de la disposición adicional quinta de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestiónde la función pública valenciana.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2020?
- Ley 1/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2020?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.