El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 67. Pago de las sanciones.

Artículo 67 de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2020-11046

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-16.

Texto consolidado

1. En relación con la ejecución de las sanciones y sin perjuicio de las normas básicas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, serán de aplicación las normas específicas que reglamentariamente se establezcan, y en lo no previsto por éstas, se estará asimismo a lo establecido con carácter supletorio a la citada Ley 39/2015.

2. El pago de las sanciones pecuniarias señaladas en esta ley, impuestas por resolución que ponga fin a la vía administrativa, será requisito necesario para que proceda el otorgamiento de nuevas autorizaciones para la realización de cualquier clase de actividad de organización o explotación de juegos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-16.

Más artículos de Ley 1/2020

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.