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Ley Vigente

Artículo 11. Atribuciones del Consell.

Artículo 11 de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2020-11046

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-16.

Texto consolidado

Corresponden al Consell las siguientes atribuciones en materia de juego:

a) La aprobación del Catálogo de Juegos así como la inclusión o exclusión de cualquier modalidad de juego no contemplada en el artículo 9 de esta ley.

b) Aprobar las directrices y criterios que han regir el desarrollo del sector del juego en la Comunitat Valenciana.

c) La aprobación de los reglamentos específicos de cada juego incluidos en el Catálogo de Juegos.

d) La regulación del régimen de publicidad, patrocinio y promoción.

e) La aprobación del reglamento regulador del Registro de Personas Excluidas de Acceso al Juego de la Comunitat Valenciana.

f) Cualquier otra competencia que le sea atribuida por la Ley y las disposiciones que la desarrollen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-06-16.

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