Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.
BOE-A-2009-17181 · Boletín Oficial del Estado, 2009-10-30 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Decreto Legislativo 1/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-12.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-07-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 262, 2009-10-30
- Entrada en vigor
- 2009-07-29
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-01-12
- Artículos
- 160
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-17181
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
PREÁMBULO
La disposición final de la Ley 9/2008, de 10 de julio, de modificación de la Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de los residuos, faculta al Gobierno para que, en el plazo de un año, refunde en un texto único la Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de los residuos; la Ley 11/2000, de 13 de noviembre, reguladora de la incineración de residuos; la Ley 15/2003, de 13 de junio, de modificación de la Ley 6/1993, y esa Ley.
La autorización para refundir se extiende también a la aclaración, la regularización y la armonización de los textos legales mencionados.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Disposición adicional.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final.
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Objetivos.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Disposiciones específicas.
- Artículo 6. Planificación de la gestión de los residuos.
- Artículo 7. Medidas de actuación.
- Artículo 8. Plan territorial sectorial de infraestructuras de gestión de residuos municipales.
- Artículo 9. Programa de gestión de residuos municipales de Cataluña.
- Artículo 10. Acción de reducción de la producción de los residuos y su peligrosidad.
- Artículo 11. Recogida selectiva.
- Artículo 12. Acciones de formación y concienciación.
- Artículo 13. Fomento de la valorización de los residuos.
- Artículo 14. Reciclaje y valorización material.
- Artículo 15. Valorización energética.
- Artículo 16. Eliminación de los residuos.
- Artículo 17. Principios de actuación.
- Artículo 18. Técnicas e instrumentos de actuación.
- Artículo 19. Espacios degradados, suelos alterados y suelos contaminados.
- Artículo 19 bis. Suelo alterado.
- Artículo 19 ter. Contaminación histórica y contaminación nueva.
- Artículo 20. Licencias y limitaciones en el aprovechamiento del suelo.
- Artículo 20 bis. Fianza.
- Artículo 20 ter. Eliminación de productos libres no acuosos.
- Artículo 20 quater. Informes de entidades de control en el ámbito de la prevención de la contaminación del suelo.
- Artículo 20 quinquies. Niveles genéricos de referencia por metales y metaloides.
- Artículo 21. Acuerdos voluntarios y convenios de colaboración para la limpieza y recuperación de suelos contaminados.
- Artículo 21 bis. Plazo para resolver y notificar.
- Artículo 21 ter. Recuperación voluntaria de suelos.
- Artículo 22. Sobre las personas productoras y poseedoras de residuos.
- Artículo 23. Obligaciones de las personas productoras y poseedoras de residuos.
- Artículo 24. Obligaciones de las personas gestoras de residuos.
- Artículo 25. Registro General de Gestores de Residuos.
- Artículo 26. Valorización de los residuos en el origen y en plantas externas.
- Artículo 27. Principios de la acción de valorización.
- Artículo 28. Operaciones de valorización de los residuos no municipales.
- Artículo 29. Servicio público de valorización.
- Artículo 30. Operaciones de disposición del desperdicio de los residuos
- Artículo 31. Garantía de las actuaciones.
- Artículo 32. Fondo económico.
- Artículo 33. Sistemas de eliminación de los residuos.
- Artículo 34. Clasificación de los residuos.
- Artículo 35. Clasificación de los depósitos controlados.
- Artículo 36. Requisitos de los depósitos controlados.
- Artículo 37. Residuos no admisibles en depósito controlado.
- Artículo 38. Eliminación de los residuos mediante incineración.
- Artículo 39. Instalaciones de eliminación de los residuos mediante incineración.
- Artículo 40. Creación.
- Artículo 41. Tarifas.
- Artículo 42. Competencias y funciones de los municipios.
- Artículo 43. Composición de los residuos municipales.
- Artículo 44. Servicios de valorización de residuos municipales.
- Artículo 45. Gestión consorciada de los servicios de valorización de los residuos municipales.
- Artículo 46. Operaciones de valorización y eliminación de los residuos municipales.
- Artículo 47. Intervención administrativa del municipio.
- Artículo 48. Trámite de evaluación de proyectos.
- Artículo 49. Previsiones urbanísticas y de equipamientos urbanos.
- Artículo 50. Competencias y funciones de la Entidad Metropolitana de los Servicios Hidráulicos y del Tratamiento de Residuos.
- Artículo 51. Competencias y funciones de la comarca.
- Artículo 52. Servicio de desechería.
- Artículo 53. Recogida selectiva de residuos municipales.
- Artículo 54. Gestión de los residuos comerciales.
- Artículo 55. Fondo de gestión de residuos.
- Artículo 56. Denominación y carácter.
- Artículo 57. Funciones generales.
- Artículo 58. Naturaleza.
- Artículo 59. Organización.
- Artículo 60. Composición del Consejo de Dirección.
- Artículo 61. Régimen de funcionamiento del Consejo de Dirección.
- Artículo 62. Atribuciones del Consejo de Dirección.
- Artículo 63. Atribuciones del presidente o la presidenta.
- Artículo 64. Atribuciones del director o la directora.
- Artículo 65. El Consejo para la Prevención y la Gestión de los Residuos en Cataluña.
- Artículo 66. Régimen jurídico.
- Artículo 67. Régimen de recursos.
- Artículo 68. Patrimonio y recursos económicos.
- Artículo 69. Responsabilidad.
- Artículo 70. Control de auditorías.
- Artículo 71. Consejo Asesor de la Gestión de Residuos Industriales de Cataluña.
- Artículo 72. Infracciones sancionables.
- Artículo 73. Clasificación.
- Artículo 74. Infracciones muy graves.
- Artículo 75. Infracciones graves.
- Artículo 76. Infracciones leves.
- Artículo 77. Clases de sanciones.
- Artículo 77 bis. Baja en los registros administrativos de la Agencia de Residuos de Cataluña.
- Artículo 78. Multas.
- Artículo 79. Cuantía de las multas.
- Artículo 80. Grados de la multa.
- Artículo 80 bis. Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario.
- Artículo 81. Competencia sancionadora.
- Artículo 82. Otras sanciones.
- Artículo 83. Ejecución.
- Artículo 84. Inhabilitación.
- Artículo 85. Criterios de graduación.
- Artículo 86. Criterios objetivos.
- Artículo 87. Criterios subjetivos.
- Artículo 88. Agravantes.
- Artículo 89. Equiparación al beneficio.
- Artículo 90. Reincidencia.
- Artículo 91. Personas responsables.
- Artículo 91 bis. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 91 ter. Extinción de la sanción.
- Artículo 92. Personas autoras.
- Artículo 93. Otras personas responsables.
- Artículo 94. Adopción de las medidas.
- Artículo 95. Requerimiento previo.
- Artículo 96. Vigencia.
- Artículo 97. Supuesto especial de vigencia.
- Artículo 98. Clases.
- Artículo 99. Facultades de ejecución.
- Artículo 100. Supuestos.
- Artículo 101. Compatibilidad con otras sanciones.
- Artículo 102. Cuantía.
- Artículo 103. Necesidad de expediente.
- Artículo 103 bis. Procedimiento abreviado
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (5)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. |
| Deroga | Ley 6/1993, de 15 de julio |
| Deroga | Ley 11/2000, de 13 de noviembre |
| Deroga | Ley 15/2003, de 13 de junio |
| Deroga | Ley 9/2008, de 10 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2009?
- Decreto Legislativo 1/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-01-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2009?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.