Artículo 2. Objetivos.
Artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.
Texto consolidado
El objetivo general de esta regulación es mejorar la calidad de vida de la ciudadanía de Cataluña, obtener un alto nivel de protección del medio ambiente y dotar a los entes públicos competentes por razón de la materia de los mecanismos de intervención y control necesarios para garantizar que la gestión de los residuos se lleva a cabo sin poner en peligro la salud de las personas, reduciendo el impacto ambiental y, en particular:
a) Previniendo los riesgos para el agua, el aire, el suelo, la flora y la fauna.
b) Eliminando las molestias por ruidos y olores.
c) Respetando el paisaje y los espacios naturales y, especialmente, los espacios protegidos.
d) Impidiendo el abandono, el vertido y, en general, toda disposición incontrolada de los residuos.
e) Fomentando, por este orden, la prevención y la reducción de la producción de los residuos y su peligrosidad, su reutilización, el reciclaje y otras formas de valorización material.