Artículo 97. Supuesto especial de vigencia.
Artículo 97 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.
Texto consolidado
1. Cuando los hechos dañinos detectados afectan directamente o indirectamente a la salud de las personas, las medidas cautelares se mantendrán mientras persiste la afección.
2. El acto de levantamiento de la suspensión debe ser motivado.