El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 99. Facultades de ejecución.

Artículo 99 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.

Texto consolidado

1. El órgano competente para la adopción de las medidas cautelares y de las derivadas de la ejecución de resoluciones firmes sancionadoras, administrativas o jurisdiccionales, las llevará a cabo incluso mediante el acceso a través de las propiedades privadas, con pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas y en particular de la inviolabilidad del domicilio, supuesto, éste último, para el que se requiere la autorización judicial correspondiente.

2. Con la misma facultad y en los mismos términos se puede actuar en el ejercicio de actividades inspectoras o de fiscalización de las actividades de producción y de gestión de residuos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-29.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2009

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2009 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.