Artículo 69. Responsabilidad.
Artículo 69 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.
Texto consolidado
La responsabilidad de la Agencia de Residuos de Cataluña, por los actos a que hace referencia el apartado 1.c) del artículo 66 y por sus actuaciones en relaciones de derecho privado, es exigible de acuerdo con lo que establece la legislación vigente sobre esta materia.