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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 56. Denominación y carácter.

Artículo 56 del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. · BOE-A-2009-17181

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-29.

Texto consolidado

1. La Agencia de Residuos de Cataluña es una entidad de derecho público, regulada por el artículo 1.b) del Decreto Legislativo 2/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 4/1985, de 29 de marzo, del Estatuto de la empresa pública catalana.

2. La Agencia de Residuos de Cataluña goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y ajusta su actividad al derecho privado, sin perjuicio de la aplicación de las normas de derecho administrativo en los supuestos en que ejerce funciones y potestades públicas.

3. La Agencia de Residuos de Cataluña se adscribe al departamento competente en materia de medio ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-07-29.

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