Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña.
DOGC-f-2008-90015 · Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, 2008-03-13 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Decreto Legislativo 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 1/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-03-11
- Publicación
- Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 5090, 2008-03-13
- Entrada en vigor
- 2008-03-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2023-12-26
- Artículos
- 86
- Identificador BOE
- DOGC-f-2008-90015
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
PREÁMBULO
La disposición final segunda de la Ley 5/2007, de 4 de julio, de medidas fiscales y financieras, ha autorizado al Gobierno para que, antes del plazo de un año desde su entrada en vigor, apruebe un texto único que refunda, con facultades para la regularización, la aclaración y la armonización, la normativa con rango de Ley reguladora de las Cajas de Ahorros.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido.
- Disposición adicional única. Remisiones normativas.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Ámbito de aplicación y naturaleza jurídica.
- Artículo 2. Principios de actuación del Protectorado público.
- Artículo 3. Objeto de las Cajas de Ahorros.
- Artículo 4. Obra social.
- Artículo 5. Constitución.
- Artículo 6. Patronato.
- Artículo 7. Inscripción.
- Artículo 8. Denominación.
- Artículo 9. Absorciones, fusiones y cambios de organización institucional.
- Artículo 9 bis. Modificaciones estatutarias.
- Artículo 9 ter. Transformación en fundación especial.
- Artículo 10. Disolución y liquidación.
- Artículo 11. Registro de Cajas de Ahorros de Cataluña.
- Artículo 12. Publicación y comunicación de los acuerdos.
- Artículo 13. Órganos de gobierno.
- Artículo 14. Carácter de los cargos
- Artículo 15. Definición y composición.
- Artículo 16. Representación de los sectores.
- Artículo 17. Garantías sindicales de los representantes del personal.
- Artículo 18. Requisitos para acceder al cargo de Consejero o Consejera general.
- Artículo 19. Incompatibilidades.
- Artículo 20. Duración del mandato.
- Artículo 21. Causas de cese del mandato.
- Artículo 22. Funciones de la asamblea general.
- Artículo 23. Convocatoria y funcionamiento de la Asamblea general.
- Artículo 24. Presidencia y Secretaría.
- Artículo 25. Asamblea ordinaria.
- Artículo 26. Asamblea extraordinaria.
- Artículo 27. El Consejo de Administración.
- Artículo 28. Incompatibilidades.
- Artículo 29. Autorización de determinadas operaciones.
- Artículo 30. Duración del mandato.
- Artículo 31. Causas de cese del mandato.
- Artículo 32. El Presidente o Presidenta.
- Artículo 33. Funciones del Presidente o Presidenta.
- Artículo 34. Las Comisiones delegadas.
- Artículo 35. Facultades de la Comisión de control.
- Artículo 35 bis. Facultades de la Comisión de control.
- Artículo 36. Composición.
- Artículo 36 bis. La Comisión de Retribuciones y Nombramientos.
- Artículo 36 ter. La Comisión de Inversiones.
- Artículo 36 quarter. La Comisión de Obra Social.
- Artículo 37. Facultades.
- Artículo 38. Designación y cese.
- Artículo 39. Dedicación exclusiva.
- Artículo 40. Funcionamiento de los órganos.
- Artículo 41. Duración de los cargos y procedimientos de elección.
- Artículo 41 bis. Derecho de información y de impugnación de los titulares de cuotas participativas.
- Artículo 42. Creación del registro y régimen de inscripciones.
- Artículo 43. Coeficiente de inversión.
- Artículo 44. Régimen de autorización de determinadas operaciones.
- Artículo 45. Apertura y cierre de oficinas.
- Artículo 46. Finalidades.
- Artículo 47. Régimen de acuerdos.
- Artículo 48. Composición.
- Artículo 49. Aprobación de los estatutos.
- Artículo 50. Distribución del excedente.
- Artículo 51. Aprobación de los acuerdos de distribución.
- Artículo 52. Obligación de información.
- Artículo 53. Memoria de actividades.
- Artículo 54. Auditoría.
- Artículo 55. Coordinación e inspección.
- Artículo 56. Supuestos de responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 57. Sanciones.
- Artículo 58. Uso indebido de elementos identificativos.
- Artículo 59. Suspensión e intervención.
- Artículo 60. Gastos de intervención.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 61. Régimen de las fundaciones especiales.
- Artículo 62. Denominación.
- Artículo 63. Órganos de gobierno.
- Artículo 64. Composición del patronato.
- Artículo 65. Nombramiento de los miembros del patronato, aceptación del cargo y duración del mandato.
- Artículo 66. Presidencia y vicepresidencia.
- Artículo 67. Funciones de control.
- Artículo 68. Procedimiento de transformación en fundación especial.
- Artículo 69. Constitución de una fundación especial en el supuesto de cajas de ahorros que mantienen el control de la entidad financiera.
- Disposición adicional primera. Obligaciones de los órganos de gobierno.
- Disposición adicional segunda. Informe de gobierno corporativo.
- Disposición transitoria. Normas de adaptación al periodo de duración de los mandatos de los miembros de órganos de gobierno.
- Disposición transitoria primera. Normas de adaptación al periodo de duración de los mandatos de los miembros de órganos de gobierno.
- Disposición transitoria segunda. Composición de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que mantienen el control de la entidad financiera.
- Disposición final. Autorización para el desarrollo reglamentario.
Normas que la modifican o afectan (3)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | el Decreto Legislativo 1/1994, de 6 de abril |
| De conformidad con | las disposición final 2 de la Ley 5/2007, de 4 de julio |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 1/2008?
- Decreto Legislativo 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 1/2008?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 1/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.