Artículo 38. Designación y cese.
Artículo 38 del Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña. · DOGC-f-2008-90015
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-14.
Texto consolidado
1. El Director o Directora general es designado por el Consejo de Administración y confirmado por la asamblea general de la Caja de Ahorros entre personas con capacidad, preparación técnica y experiencia suficientes para el desarrollo de las funciones del cargo.
2. El Director o Directora general debe cesar en el cargo:
a) Por acuerdo del Consejo, para el que será necesaria la asistencia de las dos terceras partes y el voto de la mitad más una, como mínimo, de las personas miembros de éste, y debe ser ratificado por la Asamblea general de la Caja de Ahorros.
b) En virtud de expediente disciplinario instruido por el Departamento de Economía y Finanzas, por propia iniciativa o a propuesta del Banco de España o de instituciones financieras de carácter público dependientes de la Generalidad.
c) Por jubilación, a la edad fijada por los Estatutos de la Caja de Ahorros.
3. El cese en el cargo de Director o Directora general no afecta a los derechos derivados de su relación laboral con la entidad.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2008-90015.