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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 56. Supuestos de responsabilidad disciplinaria.

Artículo 56 del Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña. · DOGC-f-2008-90015

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-14.

Texto consolidado

Las Cajas de Ahorros, el Director o Directora general, las personas miembros del Consejo de Administración y, de conformidad con lo establecido por la normativa básica estatal, las personas que forman parte de sus otros órganos de gobierno incurren en responsabilidad disciplinaria si incumplen las disposiciones relativas a las letras siguientes:

a) La apertura de oficinas.

b) La distribución de excedentes y la obra benéfico-social.

c) Las inversiones.

d) La remisión de balances, cuentas de resultados y estados complementarios.

e) La utilización impropia del nombre de la Caja de Ahorros.

f) Cualquier otro punto regulado por normas de obligada observancia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-14.

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