Artículo 36 quarter. La Comisión de Obra Social.
Artículo 36 quarter del Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña. · DOGC-f-2008-90015
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-01.
Texto consolidado
1. Para garantizar el cumplimiento de la obra benéfico-social de la Caja de Ahorros se tiene que crear una Comisión de Obra Social.
2. La composición y el funcionamiento de esta comisión se tiene que regular por Reglamento.