Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.
BOE-A-2021-11513 · Boletín Oficial del Estado, 2021-07-12 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
Datos clave
- Rango
- Ley 2/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-05-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 165, 2021-07-12
- Entrada en vigor
- 2021-06-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-30
- Artículos
- 97
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-11513
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Objetivos.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Competencias del Consejo de Gobierno en materia de reto demográfico.
- Artículo 7. Sensibilización social en materia demográfica.
- Artículo 8. Informe del impacto demográfico.
- Artículo 9. Delimitación de las zonas rurales que integran el medio rural.
- Artículo 10. Criterios para la categorización del medio rural.
- Artículo 11. Tipología de las zonas rurales.
- Artículo 12. Zonas escasamente pobladas.
- Artículo 13. Zonas en riesgo de despoblación.
- Artículo 14. Zonas rurales intermedias.
- Artículo 15. Zonas rurales periurbanas.
- Artículo 16. Programación de actuaciones para el desarrollo integral del medio rural y frente a la despoblación.
- Artículo 17. Instrumentos de planificación.
- Artículo 18. Estrategia Regional frente a la Despoblación.
- Artículo 19. Estrategia Regional de Desarrollo Rural.
- Artículo 20. Colaboración institucional.
- Artículo 21. Contratación del sector público.
- Artículo 22. Ayudas y subvenciones públicas.
- Artículo 23. Empleo público.
- Artículo 24. Simplificación normativa y administrativa.
- Artículo 25. Administración digital.
- Artículo 26. Seguridad ciudadana.
- Artículo 27. Acceso a equipamientos y servicios básicos en el medio rural.
- Artículo 28. Colaboración público-privada.
- Artículo 29. Disposiciones comunes.
- Artículo 30. Acceso al servicio público educativo.
- Artículo 31. Mantenimiento de los colegios rurales.
- Artículo 32. Medidas en materia de prestaciones complementarias.
- Artículo 33. Contrato programa para enseñanzas no obligatorias.
- Artículo 34. Contrato programa de prácticas.
- Artículo 35. Adecuación de la oferta de formación profesional en las zonas rurales.
- Artículo 36. Garantía en la atención primaria y servicios sanitarios adecuados al medio rural.
- Artículo 37. Garantía de acceso a servicios de emergencias y urgencias sanitarias.
- Artículo 38. Garantía de citas y coordinación de horarios.
- Artículo 39. Asistencia farmacéutica en el ámbito rural.
- Artículo 40. Programa de avances tecnológicos en la atención médica en el ámbito rural.
- Artículo 41. La atención social y servicios en materia de igualdad.
- Artículo 42. La promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia.
- Artículo 43. La atención y el cuidado de las personas mayores.
- Artículo 44. Recursos residenciales.
- Artículo 45. La inclusión social de las personas con discapacidad.
- Artículo 46. Transporte sensible a la demanda.
- Artículo 47. Fomento y diversificación de la actividad económica en el medio rural.
- Artículo 48. Creación y mantenimiento del empleo en el medio rural.
- Artículo 49. Apoyo a la promoción económica y empresarial en el medio rural.
- Artículo 50. Programas de financiación a la actividad empresarial.
- Artículo 51. Apoyo al sector agrícola, ganadero y forestal.
- Artículo 52. Apoyo a la mejora de la posición de los agricultores y agricultoras en la cadena de valor.
- Artículo 53. Apoyo a la demanda de productos agroecológicos y de calidad diferenciada de la región.
- Artículo 54. Puesta en valor de los servicios de los ecosistemas forestales.
- Artículo 55. Apoyo a la comercialización de los productos forestales de la región.
- Artículo 56. Apoyo a la bioeconomía.
- Artículo 57. Acceso a servicios bancarios en el medio rural.
- Artículo 58. Fomento de la investigación, desarrollo e innovación.
- Artículo 59. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
- Artículo 60. La atención a la infancia y el apoyo a las familias.
- Artículo 61. Inclusión social.
- Artículo 62. Vivienda.
- Artículo 63. Promoción de la cultura.
- Artículo 64. Promoción del deporte.
- Artículo 65. Fomento del ocio responsable.
- Artículo 66. Recursos públicos de información y protección de los derechos de las personas consumidoras.
- Artículo 67. Medios de comunicación social.
- Artículo 68. Instrumentos de ordenación territorial y urbanística.
- Artículo 69. Infraestructuras del transporte.
- Artículo 70. Fomento de las energías renovables en el medio rural.
- Artículo 71. Eficiencia en el consumo de agua.
- Artículo 72. Tecnologías de la información y la comunicación.
- Artículo 73. Criterio general sobre financiación institucional.
- Artículo 74. Financiación desde los Fondos Estructurales y de Inversión (EIE) y otros instrumentos de financiación de la Unión Europea.
- Artículo 75. Medidas para la reducción de cargas impositivas en el medio rural.
- Artículo 76. Consejo Regional de Desarrollo del Medio Rural y frente a la Despoblación.
- Artículo 77. Gestión pública y gobernanza de los instrumentos de planificación de las zonas rurales.
- Disposición adicional primera. Creación de un fondo para el apoyo financiero a proyectos empresariales en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.
- Disposición adicional segunda. Adaptación de la tipología de zonas rurales.
- Disposición adicional tercera. Adaptación de pliegos de condiciones en la contratación de los servicios de comunicación de voz, datos y similares de la Junta de Comunidades de C…
- Disposición adicional cuarta. Encargos de gestión en montes públicos propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de las entidades locales.
- Disposición adicional quinta. Experiencias piloto.
- Disposición adicional sexta. Ampliación del destino de las medidas de incentivación positiva, de las medidas de apoyo económico y de las medidas tributarias.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, de Creación del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 5/2005, de 27 de junio, de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de Ordenación del Transporte de Personas por Carretera en Castilla-La Mancha.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de Fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y la Eficiencia Energética en Castill…
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha.
- Disposición final séptima. Modificación de la Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha.
- Disposición final octava. Modificación de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, de Declaración del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara.
- Disposición final novena. Modificación de la Ley 8/2013, de 21 de noviembre, de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.
- Disposición final décima. Modificación de la Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha.
- Disposición final undécima. Adaptación al contenido de la norma.
- Disposición final duodécima. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (11)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 2/2021?
- Ley 2/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-30.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 2/2021?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 2/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.