Artículo 56. Apoyo a la bioeconomía.
Artículo 56 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2021-11513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-01.
Texto consolidado
En atención al potencial que el sector de la bioeconomía en Castilla-La Mancha supone para la economía de la región, la Administración Regional fomentará las siguientes actuaciones:
a) La creación de nuevas industrias y actividades económicas y la diversificación de actividades productivas, basadas en la transformación de recursos de tipo biológico y en el desarrollo de nuevos bioproductos y servicios, atrayendo inversión local e internacional.
b) La maximización del potencial de la bioeconomía en el ámbito rural, fomentando la presencia en nuevos mercados y la demanda de este tipo de recursos y productos.
c) La creación del entorno adecuado para las empresas, conectando el talento local con las empresas.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.