Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.
BOE-A-2002-14081 · Boletín Oficial del Estado, 2002-07-16 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 13/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 13/2002
- Fecha de la disposición
- 2002-06-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 169, 2002-07-16
- Entrada en vigor
- 2003-01-03
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 133
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-14081
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 33.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Finalidades.
- Artículo 4. Concepto y clases.
- Artículo 5. Recursos turísticos esenciales.
- Artículo 6. Recursos turísticos de interés local.
- Artículo 7. Recursos turísticos potenciales.
- Artículo 8. Deber de preservación.
- Artículo 9. Planificación.
- Artículo 10. Declaración e inventario de los recursos turísticos.
- Artículo 11. Fomento de recursos turísticos.
- Artículo 12. Consideración urbanística de los recursos turísticos.
- Artículo 13. Objeto, carácter y ámbito de aplicación territorial.
- Artículo 14. Contenido.
- Artículo 15. Redacción y aprobación.
- Artículo 16. Vigencia, modificación y revisión.
- Artículo 17. Actualización.
- Artículos 18 a 22.
- Artículo 18. Concepto.
- Artículo 19. Servicios mínimos y servicios complementarios.
- Artículo 20. Otros efectos de la declaración de municipio turístico.
- Artículo 21. Procedimiento.
- Artículo 22. Pérdida de la condición de municipio turístico.
- Artículo 23. Municipios de interés turístico.
- Artículo 24. Lugares, bienes y servicios de interés turístico.
- Artículo 25. Comarcas de interés turístico.
- Artículo 26. Denominaciones de ámbito supramunicipal o intercomarcal.
- Artículo 27. Medios de promoción.
- Artículo 28. Cataluña como marca turística.
- Artículo 29. Concepto.
- Artículo 30. Derechos de los usuarios turísticos.
- Artículo 31. Deberes de los usuarios turísticos.
- Artículo 32. Medios alternativos de resolución de conflictos.
- Artículo 33. Concepto.
- Artículo 34. Clasificación de las empresas turísticas.
- Artículo 35. Derechos de las empresas turísticas.
- Artículo 36. Deberes de las empresas turísticas.
- Artículo 37. Derecho de acceso a los establecimientos turísticos.
- Artículo 38. Concepto.
- Artículo 39. Modalidades.
- Artículo 39 bis. Derecho de acceso a los establecimientos de alojamiento turístico.
- Artículo 40. Concepto.
- Artículo 41. Clasificación.
- Artículo 42. Categorías, especialidades y tipologías.
- Artículo 43. Concepto.
- Artículo 44. Servicios.
- Artículo 45. Principio de unidad de explotación.
- Artículo 46. Concepto.
- Artículo 47. Servicios.
- Artículo 48. Clasificación.
- Artículo 49. Concepto.
- Artículo 50. Clasificación.
- Artículo 50 bis. Concepto.
- Artículo 50 ter. Libertad contractual.
- Artículo 50 quáter. Concepto.
- Artículo 50 quinquies. Titular de la actividad.
- Artículo 51. Concepto.
- Artículo 52. Clasificación.
- Artículos 51 y 52.
- Artículo 53. Agentes de viajes e intermediarios en los servicios turísticos de alojamiento.
- Artículo 54. Agentes de viajes.
- Artículo 55. Requisitos de los agentes de viajes.
- Artículo 56. Clasificación.
- Artículo 57. Otras empresas turísticas de mediación.
- Artículo 58. Fianzas.
- Artículo 59. Oficinas de turismo.
- Artículo 60. Concepto.
- Artículo 61. Categorización y distinción turística.
- Artículo 62. Centros recreativos turísticos.
- Artículo 63. Formación profesional reglada y ocupacional.
- Artículo 64. Actividades informativas turísticas.
- Artículo 65. Guías de turismo.
- Artículo 66. Administraciones públicas competentes en materia de turismo.
- Artículo 67. Competencias de la Administración de la Generalidad.
- Artículo 68. Competencias municipales.
- Artículo 69. Competencias del Consejo General de Arán.
- Artículo 70. Competencias comarcales.
- Artículo 71. Régimen de las competencias provinciales.
- Artículo 72. Red de Oficinas de Turismo de Cataluña.
- Artículo 73. Registro de Turismo de Cataluña.
- Artículo 74. Coordinación interdepartamental.
- Artículo 75. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 76. Comunidades catalanas del exterior.
- Artículo 77. Titularidad de la potestad inspectora.
- Artículo 78. Funciones de los servicios de inspección.
- Artículo 79. Acreditación y habilitación.
- Artículo 80. Facultades.
- Artículo 80 bis. Obligación de información.
- Artículo 81. Deberes.
- Artículo 82. Actas de inspección.
- Artículo 82 bis. Informes de inspección.
- Artículo 83. Obligaciones de los interesados.
- Artículo 84. Concepto.
- Artículo 85. Infracciones constitutivas de delito o falta.
- Artículo 86. Clases de infracciones.
- Artículo 87. Infracciones leves.
- Artículo 88. Infracciones graves.
- Artículo 89. Infracciones muy graves.
- Artículo 90. Reincidencia.
- Artículo 91. Responsabilidad.
- Artículo 92. Clases de sanciones.
- Artículo 93. Criterios para la graduación de las sanciones.
- Artículo 94. Graduación de las sanciones.
- Artículo 95. Constancia y publicidad de las sanciones.
- Artículo 96. Devolución de cantidades percibidas indebidamente.
- Artículo 97. Cese de la actividad de empresas, de establecimientos, de viviendas de uso turístico y de hogares compartidos por incumplimiento de los requisitos establecidos.
- Artículo 98. Multas coercitivas.
- Artículo 99. Órganos competentes.
- Artículo 100. Prescripción.
- Artículo 101. Caducidad.
- Artículo 102. Iniciación.
- Artículo 103. Reparación.
- Artículo 104. Medidas cautelares.
- Artículo 105. Instrucción y clausura.
- Artículo 105 bis. Reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario.
- Disposición adicional primera. Paradores de turismo de Cataluña.
- Disposición adicional segunda. Inventario de los recursos turísticos esenciales.
- Disposición adicional tercera. Municipios turísticos y declaraciones turísticas.
- Disposición adicional cuarta. Plan de turismo de Cataluña.
- Disposición adicional quinta. Actualización de sanciones.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | el art. 9.12 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre |
| Deroga | el art. 72 de la Ley 8/1987, de 15 de abril |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 13/2002?
- Ley 13/2002 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 13/2002?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 13/2002?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.