Artículo 74. Coordinación interdepartamental.
Artículo 74 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. · BOE-A-2002-14081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-03.
Texto consolidado
El Gobierno ha de velar, mediante los mecanismos adecuados, por la coordinación de las políticas y las acciones de los diversos departamentos que tengan incidencia sobre el turismo.