El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 77. Titularidad de la potestad inspectora.

Artículo 77 de la Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña. · BOE-A-2002-14081

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-03.

Texto consolidado

Las actividades de control y de verificación del cumplimiento de la presente Ley y de las disposiciones que la completen o la desarrollen corresponde a la administración turística competente, que las ejerce a través de los servicios de inspección turística.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-03.

Más artículos de Ley 13/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.