Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales.
BOE-A-2015-7739 · Boletín Oficial del Estado, 2015-07-10 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 10/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 10/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-06-19
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 164, 2015-07-10
- Entrada en vigor
- 2015-06-26
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 73
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-7739
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 65 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo la siguiente Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales
Preámbulo
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Finalidades y funciones del sistema de formación y cualificación profesionales.
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Derechos.
- Artículo 7. Administración local.
- Artículo 8. Naturaleza y composición.
- Artículo 9. Funciones.
- Artículo 10. Naturaleza y adscripción.
- Artículo 11. Funciones.
- Artículo 12. Régimen jurídico.
- Artículo 13. Financiación.
- Artículo 14. Recursos financieros.
- Artículo 15. Recursos humanos.
- Artículo 16. Presidencia ejecutiva.
- Artículo 17. Naturaleza y composición.
- Artículo 18. Funciones.
- Artículo 19. Funcionamiento.
- Artículo 20. Participación sectorial y territorial.
- Artículo 21. Integrantes.
- Artículo 22. Puntos de información y orientación.
- Artículo 23. Centros de formación.
- Artículo 24. Centros de formación profesional integrada.
- Artículo 25. Autonomía de los centros de formación profesional integrada.
- Artículo 26. Consejos de formación y empresa de los centros de formación profesional integrada.
- Artículo 27. Servicios básicos del sistema.
- Artículo 28. Finalidades y funciones de la información y la orientación profesional.
- Artículo 29. Modelo de información y orientación académica y profesional.
- Artículo 30. Asesoramiento de formación profesional y cualificación a empresas.
- Artículo 31. Finalidades y alcance.
- Artículo 32. Prospección de necesidades de formación y cualificación profesionales.
- Artículo 33. Planificación.
- Artículo 34. Ordenación.
- Artículo 35. Prácticas obligatorias y en alternancia.
- Artículo 36. Formación profesional dual.
- Artículo 37. Colaboración en la formación en alternancia y en la formación dual.
- Artículo 38. Aprendizaje a distancia.
- Artículo 39. Naturaleza y organización.
- Artículo 40. Finalidad.
- Artículo 41. Modalidades.
- Artículo 42. Títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
- Artículo 43. Evaluación y acreditación de competencias profesionales.
- Artículo 44. Correspondencias de la formación profesional a lo largo de la vida.
- Artículo 45. Registro de unidades de competencia.
- Artículo 46. Finalidades del registro.
- Artículo 47. Servicios de transferencia tecnológica.
- Artículo 48. Colaboración con centros tecnológicos.
- Artículo 49. Movilidad.
- Artículo 50. Modelo de gestión de la calidad.
- Artículo 51. Emprendimiento.
- Artículo 52. Innovación y formación permanente.
- Artículo 53. Evaluación del sistema.
- Disposición adicional primera. Asunción de competencias y funciones del Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales.
- Disposición adicional segunda. Régimen del personal del Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales.
- Disposición adicional tercera. Consejo Catalán de Formación Profesional.
- Disposición adicional cuarta. Centros específicos.
- Disposición adicional quinta. Simplificación administrativa.
- Disposición adicional sexta. Carta de servicios.
- Disposición adicional séptima. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición adicional octava. Dietas por asistencia.
- Disposición adicional novena. Sistema de indicadores.
- Disposición adicional décima. Centros de educación especial.
- Disposición adicional undécima. Becas y ayudas para personas desempleadas.
- Disposición final primera. Interpretación y aplicación.
- Disposición final segunda. Aplicación a servicios, planes, programas y actividades de formación profesional.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo curricular.
- Disposición final quinta. Regulación de derechos y deberes.
- Disposición final sexta. Calendario de aplicación.
- Disposición final séptima. Aprobación de los estatutos de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña.
- Disposición final octava. Presupuesto.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 10/2015?
- Ley 10/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 10/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.