Artículo 25. Autonomía de los centros de formación profesional integrada.
Artículo 25 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
Los centros de formación profesional integrada disponen de autonomía pedagógica, de organización y de gestión económica y de personal, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente. Estos centros pueden, en el marco de su autonomía, desarrollar acuerdos y convenios con empresas, instituciones y entidades para ofrecer servicios de formación y para un mejor aprovechamiento de sus infraestructuras y recursos disponibles u otras acciones que contribuyan a alcanzar sus objetivos.