Artículo 15. Recursos humanos.
Artículo 15 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser funcionario o laboral en los términos y las condiciones que se establecen para el personal de la Administración de la Generalidad, de conformidad con la legislación aplicable.
2. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser el adecuado y necesario para garantizar el cumplimiento de las funciones de este órgano.