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Ley Vigente

Artículo 12. Régimen jurídico.

Artículo 12 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

Texto consolidado

1. La Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña actúa de acuerdo con lo establecido por la presente ley, las disposiciones que la desarrollan y la legislación que regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y el procedimiento administrativo aplicable a la Administración de la Generalidad.

2. La Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña se rige por el régimen de contratación que se aplica a la Administración de la Generalidad y a sus organismos autónomos.

3. El régimen patrimonial de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña es el establecido por la normativa que regula el patrimonio de la Administración de la Generalidad.

4. Las resoluciones de la presidencia ejecutiva de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña agotan la vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-26.

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