Artículo 30. Asesoramiento de formación profesional y cualificación a empresas.
Artículo 30 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. El servicio de asesoramiento de formación profesional y cualificación a empresas tiene como finalidad:
a) Facilitar a las empresas información y propuestas a medida para mejorar la utilización de todas las modalidades, programas, actuaciones y medidas de formación y cualificación profesionales como elemento de valor de sus recursos humanos y de su competitividad empresarial.
b) Garantizar los procesos de información y orientación para mejorar el acceso al empleo, la formación para el empleo, el desarrollo de las prácticas formativas y el papel tutor de las empresas, así como el desarrollo de la carrera de los trabajadores.
2. La Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña, con el fin de promover el servicio de asesoramiento a empresas de forma colaborativa, puede establecer convenios con otras administraciones públicas y organizaciones o entidades.
3. Los departamentos competentes en materia económica y empresarial también deben participar en el servicio de asesoramiento de formación profesional y cualificación a empresas.