Artículo 10. Naturaleza y adscripción.
Artículo 10 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. Se crea la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña como organismo autónomo de carácter administrativo con personalidad jurídica propia, que tiene las competencias que establece la presente ley y las que le atribuya el Gobierno.
2. La Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña es el órgano de dirección y coordinación de los servicios básicos del sistema de formación y cualificación profesionales y de gestión de los servicios que le son propios.
3. El Gobierno debe aprobar la adscripción departamental y los estatutos de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña. Los estatutos deben desarrollar las funciones y la estructura de la Agencia y completar su régimen jurídico y de funcionamiento.