Disposición adicional primera. Asunción de competencias y funciones del Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales.
Disposición adicional primera de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. La Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña asume las competencias y funciones del Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales, que queda suprimido con la entrada en funcionamiento de la Agencia.
2. Todas las referencias que la normativa vigente hace al Instituto Catalán de las Cualificaciones Profesionales deben entenderse hechas a la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña.