Artículo 22. Puntos de información y orientación.
Artículo 22 de la Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales. · BOE-A-2015-7739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-26.
Texto consolidado
1. La Administración de la Generalidad debe garantizar un servicio de información y orientación de forma integrada.
2. Los puntos de información y orientación profesionales autorizados o acreditados para desarrollar el servicio al que se refiere el apartado 1 forman parte de la red integrada de información y orientación profesional dentro de la Red del Sistema. Estos puntos de información y orientación deben ser autorizados o acreditados mediante convenios o acuerdos de colaboración con la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña, otros centros, entidades o servicios dependientes de otros departamentos de la Generalidad, las administraciones locales u otras administraciones públicas.