Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.
BOE-A-2021-3308 · Boletín Oficial del Estado, 2021-03-03 · Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Real Decreto 136/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 136/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-03-02
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 53, 2021-03-03
- Entrada en vigor
- 2021-03-04
- Departamento
- Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 70
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-3308
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Real Orden de 28 de febrero de 1927 constituyó el Colegio de Agentes de la Propiedad Industrial y Comercial, y aprobó su Reglamento. Por Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, se aprobaron los hasta la fecha vigentes Estatutos del Colegio de Agentes de la Propiedad Industrial (COAPI), en cumplimiento de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación Estatutos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Competencias autonómicas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Naturaleza, ámbito y competencia del Colegio.
- Artículo 2. Composición del Colegio.
- Artículo 3. Identificación de los colegiados y las colegiadas.
- Artículo 4. Pérdida de la condición de colegiado y colegiada.
- Artículo 5. Fines.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Ventanilla Única.
- Artículo 8. Derechos y obligaciones.
- Artículo 9. Procedimiento de arbitraje.
- Artículo 10. Órganos de gobierno del Colegio y régimen jurídico de sus actos.
- Artículo 11. Carácter, composición y competencias.
- Artículo 12. Juntas Generales ordinarias y extraordinarias.
- Artículo 13. Representación en la Junta General.
- Artículo 14. Convocatoria.
- Artículo 15. Constitución.
- Artículo 16. Contenido de la Junta.
- Artículo 17. Formulación de proposiciones.
- Artículo 18. Admisión de proposiciones.
- Artículo 19. Orden de los debates.
- Artículo 20. Intervención para rectificaciones y alusiones.
- Artículo 21. Acta.
- Artículo 22. Junta General ordinaria.
- Artículo 23. Memoria Anual.
- Artículo 24. Composición.
- Artículo 25. Régimen de sustituciones.
- Artículo 26. De las funciones de la Junta Directiva.
- Artículo 27. Funciones del Presidente o la Presidenta.
- Artículo 28. Funciones del Vicepresidente o la Vicepresidenta.
- Artículo 29. Funciones del Contador o la Contadora.
- Artículo 30. Funciones del Tesorero o la Tesorera.
- Artículo 31. Funciones del Secretario o Secretaria.
- Artículo 32. Requisitos generales.
- Artículo 33. Duración de los cargos. Reelección.
- Artículo 34. Convocatoria electoral.
- Artículo 35. Candidaturas.
- Artículo 36. Procedimiento electoral.
- Artículo 37. Escrutinio, proclamación del resultado de las votaciones y toma de posesión de los elegidos.
- Artículo 38. Recursos económicos.
- Artículo 39. Cuotas.
- Artículo 40. Licitud de la publicidad.
- Artículo 41. Fijación libre de los honorarios.
- Artículo 42. Informes sobre honorarios.
- Artículo 43. De la responsabilidad disciplinaria.
- Artículo 44. Del órgano competente para exigirla. Recursos.
- Artículo 45. Bases del procedimiento disciplinario.
- Artículo 46. De las sanciones.
- Artículo 47. Faltas disciplinarias muy graves.
- Artículo 48. Faltas disciplinarias graves.
- Artículo 49. Faltas disciplinarias leves.
- Artículo 50. Registro y cancelación de sanciones.
- Artículo 51. Competencia disciplinaria en cuanto a miembros de la Junta Directiva.
- Artículo 52. Procedimiento para la modificación de Estatutos.
- Artículo 53. De la Junta General.
- Artículo 54. De la Junta Directiva.
- Artículo 55. De las cuotas colegiales.
- Artículo 56. De las altas, bajas y registro de colegiados y colegiadas.
- Artículo 57. De los informes colegiales.
- Artículo 58. De los Peritos y Peritas judiciales.
- Artículo 59. Disposiciones generales.
- Artículo 60. De la publicidad.
- Artículo 61. Relaciones con el público.
- Artículo 62. Relaciones con los clientes y las clientas.
- Artículo 63. Relaciones con otros colegiados y colegiadas.
- Artículo 64. Relaciones con la Oficina Española de Patentes y Marcas y Oficinas Internacionales relacionadas con la Propiedad Industrial.
- Artículo 65. Relaciones con el COAPI.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 136/2021?
- Real Decreto 136/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 136/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.