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Real Decreto Vigente

Artículo 19. Orden de los debates.

Artículo 19 del Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2021-3308

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

Texto consolidado

Para la buena marcha de los debates, al tratar cada asunto del orden del día, se concederán turnos de intervención a quienes pidan el uso de la palabra, hasta un máximo de tres a favor y otros tres en contra, salvo que el Presidente o la Presidenta acuerde ampliar el número de turnos.

Los miembros de la Junta Directiva que hagan uso de la palabra en tal condición, no consumirán turno.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

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