Artículo 18. Admisión de proposiciones.
Artículo 18 del Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2021-3308
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-04.
Texto consolidado
Si al presentarse una proposición hubiera algún colegiado o colegiada que se opusiera a que pueda ser debatida, podrá presentarse, incluso «in voce», otra proposición de «no ha lugar a deliberar», exponiendo uno solo de los proponentes los motivos de su oposición, concediendo un turno de defensa de su proposición al que la formuló.
Se someterá a votación en primer lugar esta segunda propuesta y, solo si es desechada, se discutirá la otra y se tomarán acuerdos sobre ella.