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Real Decreto Vigente

Artículo 28. Funciones del Vicepresidente o la Vicepresidenta.

Artículo 28 del Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2021-3308

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

Texto consolidado

Corresponde al Vicepresidente o la Vicepresidenta ejercer las funciones que le hayan sido delegadas por el Presidente o la Presidenta y sustituirle en casos de ausencia, enfermedad o cualquier otra causa temporal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

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