Artículo 64. Relaciones con la Oficina Española de Patentes y Marcas y Oficinas Internacionales relacionadas con la Propiedad Industrial.
Artículo 64 del Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2021-3308
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-04.
Texto consolidado
En todas las relaciones con la Oficina Española de Patentes y Marcas, con las oficinas internacionales relacionadas con la Propiedad Industrial y con sus empleados, los colegiados y las colegiadas deberán actuar de manera cortés y hacer cuanto sea posible por mantener el prestigio del COAPI.