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Real Decreto Vigente

Artículo 53. De la Junta General.

Artículo 53 del Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial. · BOE-A-2021-3308

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

Texto consolidado

1. Orden del día. La Junta Directiva tendrá la facultad de incluir en el orden del día de las Juntas Generales extraordinarias convocadas a petición escrita de, al menos, la cuarta parte de los colegiados y las colegiadas, todas aquellas cuestiones que considere de interés para los colegiados y las colegiadas, previa notificación a todos los colegiados y las colegiadas, según lo previsto en el artículo 14 de estos Estatutos.

2. De las votaciones en las juntas generales. Las votaciones se realizarán a mano alzada. No obstante, el Presidente o la Presidenta podrá acordar la votación secreta mediante papeletas, para uno, varios o todos los asuntos incluidos en el orden del día. Este sistema de votación será obligatorio si lo solicitase al menos un diez por ciento de los y las asistentes a la Junta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-04.

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