Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
BOE-A-2004-887 · Boletín Oficial del Estado, 2004-01-16 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 16/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
Resumen
Esta norma regula el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación, estableciendo un marco legal para garantizar el acceso universal a registros culturales y de información en Andalucía. Aplica a todas las bibliotecas y centros de documentación de titularidad pública y a aquellos de titularidad privada que se integren en el sistema, desde su entrada en vigor el 22 de diciembre de 2003.
Entre los puntos clave, la ley establece el derecho de acceso a la información sin discriminación, promoviendo la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, especialmente para grupos en situación de desventaja. También se define el Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación como una unidad de gestión que coordina los recursos bibliotecarios y documentales. Además, se regula el Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz, que busca conservar la producción bibliográfica de Andalucía. Finalmente, la ley incluye un régimen de infracciones y sanciones para asegurar el cumplimiento de sus disposiciones. Esta norma no está derogada.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-12-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 14, 2004-01-16
- Entrada en vigor
- 2004-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-06
- Artículos
- 73
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-887
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Bibliotecas y centros de documentación. Definiciones.
- Artículo 4. Condiciones del ejercicio del derecho de acceso a los registros culturales y de información.
- Artículo 5. Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 6. Unidad de gestión.
- Artículo 7. Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 8. Deber de información.
- Artículo 9. Normalización bibliográfica y cooperación interbibliotecaria.
- Artículo 10. Estructura básica del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 11. Consejería competente en materia de bibliotecas y de centros de documentación.
- Artículo 12. Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación. Naturaleza, composición y funciones.
- Artículo 13. Redes del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 14. Naturaleza y funciones.
- Artículo 15. Naturaleza, objetivos y composición.
- Artículo 16. Atención a las minorías y personas en situación de desventaja.
- Artículo 17. Gratuidad de los servicios bibliotecarios.
- Artículo 18. Derechos generales de los usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 19. Obligaciones generales de los usuarios.
- Artículo 20. Las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales.
- Artículo 21. Bibliotecas supramunicipales.
- Artículo 22. Bibliotecas municipales.
- Artículo 23. Obligaciones de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 24. Normas en materia de conservación y reproducción.
- Artículo 25. Registro de Bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 26. Personal de las bibliotecas públicas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 27. Naturaleza, composición y objetivo.
- Artículo 28. Registro de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 29. Deberes de información.
- Artículo 30. Derechos y deberes de los usuarios de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 31. Bibliotecas universitarias.
- Artículo 32. Personal de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 33. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Artículo 34. Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
- Artículo 35. Cooperación económica y técnica.
- Artículo 36. Competencias de los municipios.
- Artículo 37. Formas de prestación de los servicios bibliotecarios municipales.
- Artículo 38. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 39. Obra bibliográfica. Concepto.
- Artículo 40. Programas para la recogida de materiales de tradición oral.
- Artículo 41. Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz. Concepto y clases.
- Artículo 42. Centros depositarios.
- Artículo 43. Depósito patrimonial obligatorio.
- Artículo 44. Depósito patrimonial voluntario.
- Artículo 45. Número de ejemplares del Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz.
- Artículo 46. Personas obligadas a constituir el depósito patrimonial obligatorio.
- Artículo 47. Plazo y lugar de entrega de los bienes del depósito patrimonial.
- Artículo 48. Acceso a los fondos de Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz.
- Artículo 49. Disposiciones generales.
- Artículo 50. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 51. Infracciones leves.
- Artículo 52. Infracciones graves.
- Artículo 53. Infracciones muy graves.
- Artículo 54. Responsables de las infracciones.
- Artículo 55. Circunstancias agravantes y atenuantes de las infracciones.
- Artículo 56. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 57. Tipos de sanciones.
- Artículo 58. Sanciones.
- Artículo 59. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 60. Órganos competentes.
- Artículo 61. Procedimiento sancionador.
- Disposición transitoria primera. Reglamentación y constitución del Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Disposición transitoria segunda. Primer Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
- Disposición transitoria tercera. Derecho al acceso telemático.
- Disposición transitoria cuarta. Plazo para la elaboración del Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Disposición transitoria quinta. Establecimiento de los perfiles profesionales.
- Disposición transitoria sexta. Coordinación y cooperación de las Redes Básicas.
- Disposición derogatoria única. Tabla de vigencias y disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Modificación del artículo 66 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
- Disposición final segunda. Bienes integrantes del depósito legal.
- Disposición final tercera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición final cuarta. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | los arts. 13 y 17 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre |
| Modifica | el art. 66 de la Ley 1/1991, de 3 de julio |
| Deroga | la Ley 8/1983, de 3 de noviembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2003?
- Ley 16/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 16/2003?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.