Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
BOE-A-2004-887 · Boletín Oficial del Estado, 2004-01-16 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Ley 16/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
Datos clave
- Rango
- Ley 16/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-12-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 14, 2004-01-16
- Entrada en vigor
- 2004-01-01
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-05-06
- Artículos
- 73
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-887
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
A todos los que la presente vieren, sabed:
Que el Parlamento de Andalucía ha aprobado y yo, en nombre del Rey y por la autoridad que me confieren la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Bibliotecas y centros de documentación. Definiciones.
- Artículo 4. Condiciones del ejercicio del derecho de acceso a los registros culturales y de información.
- Artículo 5. Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 6. Unidad de gestión.
- Artículo 7. Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 8. Deber de información.
- Artículo 9. Normalización bibliográfica y cooperación interbibliotecaria.
- Artículo 10. Estructura básica del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 11. Consejería competente en materia de bibliotecas y de centros de documentación.
- Artículo 12. Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación. Naturaleza, composición y funciones.
- Artículo 13. Redes del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Artículo 14. Naturaleza y funciones.
- Artículo 15. Naturaleza, objetivos y composición.
- Artículo 16. Atención a las minorías y personas en situación de desventaja.
- Artículo 17. Gratuidad de los servicios bibliotecarios.
- Artículo 18. Derechos generales de los usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 19. Obligaciones generales de los usuarios.
- Artículo 20. Las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales.
- Artículo 21. Bibliotecas supramunicipales.
- Artículo 22. Bibliotecas municipales.
- Artículo 23. Obligaciones de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 24. Normas en materia de conservación y reproducción.
- Artículo 25. Registro de Bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 26. Personal de las bibliotecas públicas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
- Artículo 27. Naturaleza, composición y objetivo.
- Artículo 28. Registro de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 29. Deberes de información.
- Artículo 30. Derechos y deberes de los usuarios de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 31. Bibliotecas universitarias.
- Artículo 32. Personal de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
- Artículo 33. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Artículo 34. Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
- Artículo 35. Cooperación económica y técnica.
- Artículo 36. Competencias de los municipios.
- Artículo 37. Formas de prestación de los servicios bibliotecarios municipales.
- Artículo 38. Relaciones interadministrativas.
- Artículo 39. Obra bibliográfica. Concepto.
- Artículo 40. Programas para la recogida de materiales de tradición oral.
- Artículo 41. Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz. Concepto y clases.
- Artículo 42. Centros depositarios.
- Artículo 43. Depósito patrimonial obligatorio.
- Artículo 44. Depósito patrimonial voluntario.
- Artículo 45. Número de ejemplares del Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz.
- Artículo 46. Personas obligadas a constituir el depósito patrimonial obligatorio.
- Artículo 47. Plazo y lugar de entrega de los bienes del depósito patrimonial.
- Artículo 48. Acceso a los fondos de Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz.
- Artículo 49. Disposiciones generales.
- Artículo 50. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 51. Infracciones leves.
- Artículo 52. Infracciones graves.
- Artículo 53. Infracciones muy graves.
- Artículo 54. Responsables de las infracciones.
- Artículo 55. Circunstancias agravantes y atenuantes de las infracciones.
- Artículo 56. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 57. Tipos de sanciones.
- Artículo 58. Sanciones.
- Artículo 59. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 60. Órganos competentes.
- Artículo 61. Procedimiento sancionador.
- Disposición transitoria primera. Reglamentación y constitución del Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Disposición transitoria segunda. Primer Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
- Disposición transitoria tercera. Derecho al acceso telemático.
- Disposición transitoria cuarta. Plazo para la elaboración del Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
- Disposición transitoria quinta. Establecimiento de los perfiles profesionales.
- Disposición transitoria sexta. Coordinación y cooperación de las Redes Básicas.
- Disposición derogatoria única. Tabla de vigencias y disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Modificación del artículo 66 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
- Disposición final segunda. Bienes integrantes del depósito legal.
- Disposición final tercera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Disposición final cuarta. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se deroga | Ley 4/2026, de 24 de marzo, de Patrimonio Cultural de Andalucía. |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | los arts. 13 y 17 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre |
| Modifica | el art. 66 de la Ley 1/1991, de 3 de julio |
| Deroga | la Ley 8/1983, de 3 de noviembre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 16/2003?
- Ley 16/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-05-06.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 16/2003?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 16/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.