Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
BOE-A-1995-8733 · Boletín Oficial del Estado, 1995-04-10 · Comunidad de Madrid
Ley 15/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Ley 15/1994
- Fecha de la disposición
- 1994-12-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 85, 1995-04-10
- Entrada en vigor
- 1995-01-12
- Departamento
- Comunidad de Madrid
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 79
- Identificador BOE
- BOE-A-1995-8733
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Hago saber que la Asamblea de Madrid ha aprobado la siguiente Ley, que yo, en nombre del Rey, promulgo.
PREÁMBULO
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito.
- Artículo 2. Principios rectores de la política deportiva.
- Artículo 3. Derecho al deporte.
- Artículo 4. Medicina deportiva.
- Artículo 5. Clasificación de las competiciones.
- Artículo 6. Calificación de las competiciones.
- Artículo 7. Clasificación de los deportistas.
- Artículo 8. Protección al deportista.
- Artículo 8 bis. Protección a los niños deportistas.
- Artículo 9. Derechos de formación.
- Artículo 10. Efectos de las licencias.
- Artículo 11. Carácter reglado de las licencias.
- Artículo 12. Contenido mínimo de las licencias.
- Artículo 13. Beneficios del deportista de alto nivel.
- Artículo 14. Coordinación con la Administración del Estado.
- Artículo 15. Difusión de la cultura física.
- Artículo 16. Deporte universitario.
- Artículo 17. Competencia de la Comunidad.
- Artículo 18. Los técnicos deportivos.
- Artículo 19. Formación deportiva no reglada.
- Artículo 20. Centros de tecnificación deportiva.
- Artículo 21. Organización y competencias.
- Artículo 22. El Consejo del Deporte de la Comunidad de Madrid.
- Artículo 23. Funciones y competencias.
- Artículo 24. El servicio público deportivo municipal.
- Artículo 25. Clases de asociaciones deportivas.
- Artículo 26. Naturaleza.
- Artículo 27. Clases.
- Artículo 28. Disposiciones comunes.
- Artículo 29. Clubes deportivos elementales.
- Artículo 30. Clubes Deportivos básicos.
- Artículo 31. Agrupaciones Deportivas.
- Artículo 32. Secciones de Acción Deportiva.
- Artículo 33. Naturaleza.
- Artículo 34. Principios generales de actuación.
- Artículo 35. Participación en el deporte de ámbito estatal.
- Artículo 36. Funciones.
- Artículo 37. Inscripción.
- Artículo 38. Patrimonio.
- Artículo 39. Régimen económico.
- Artículo 40. Disolución.
- Artículo 41. Asociación de las Federaciones Deportivas madrileñas.
- Artículo 42. Agrupaciones de Clubes.
- Artículo 43. Coordinadoras Deportivas de barrio.
- Artículo 44. Naturaleza del Registro y de la Inscripción.
- Artículo 45. Ámbito de la disciplina deportiva.
- Artículo 46. Clases de infracciones.
- Artículo 47. Potestad disciplinaria.
- Artículo 48. Condiciones de las disposiciones disciplinarias.
- Artículo 49. Causas de extinción o modificación de la responsabilidad disciplinaria deportiva.
- Artículo 50. Clasificación de las infracciones por su gravedad.
- Artículo 51. Tipificación de las infracciones.
- Artículo 52. Sanciones aplicables.
- Artículo 53. Prescripción. Plazos y cómputo.
- Artículo 54. Ejecutividad de las sanciones.
- Artículo 55. Régimen de suspensión de las sanciones.
- Artículo 56. Procedimiento de urgencia y ordinario.
- Artículo 57. Condiciones de los procedimientos.
- Artículo 58. El régimen electoral deportivo.
- Artículo 59. Naturaleza.
- Artículo 60. Competencias.
- Artículo 61. Composición y funcionamiento.
- Artículo 62. Nombramiento de los miembros.
- Artículo 63. Suspensión y cese de los miembros.
- Artículo 64. Procedimiento.
- Artículo 65. Naturaleza y ejecución de las resoluciones.
- Artículo 66. Conciliación extrajudicial.
- Artículo 67. Sistemas de conciliación.
- Artículo 68. Inventario de infraestructuras deportivas.
- Artículo 69. Contenido del inventario.
- Artículo 70. Plan de infraestructuras deportivas.
- Artículo 71. Condiciones de las infraestructuras subvencionadas.
- Artículo 72. Gestión.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 15/1994?
- Ley 15/1994 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 15/1994?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 15/1994?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.