Artículo 38. Patrimonio.
Artículo 38 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-8733
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-12.
Texto consolidado
1. El patrimonio de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid estará integrado por los bienes cuya titularidad le corresponda.
2. Son recursos de las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, entre otros:
a) Las subvenciones que las entidades públicas puedan concederles.
b) Las donaciones, herencias, legados y premios que les sean otorgados.
c) Los beneficios que produzcan las actividades y competiciones deportivas que organicen, así como los derivados de los contratos que realicen.
d) Los rendimientos de su patrimonio.
e) Los préstamos o créditos que obtengan.
f) Cualesquiera otros que puedan serle atribuidos por disposición legal o en virtud de convenio.