Artículo 19. Formación deportiva no reglada.
Artículo 19 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-8733
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-12.
Texto consolidado
La Administración Deportiva de la Comunidad determinará reglamentariamente la formación no reglada en materia deportiva, teniendo el marco estatal para poder garantizar su homologación.