Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
BOE-A-2012-14062 · Boletín Oficial del Estado, 2012-11-15 · Jefatura del Estado
Ley 9/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 9/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-11-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 275, 2012-11-15
- Entrada en vigor
- 2012-11-15
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 125
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-14062
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Objetivos de la reestructuración y resolución.
- Artículo 4. Principios de la reestructuración y resolución.
- Artículo 5. Valoración.
- Artículo 6. Condiciones para la actuación temprana.
- Artículo 7. Plan de actuación.
- Artículo 8. Contenido del plan de actuación.
- Artículo 9. Medidas de actuación temprana.
- Artículo 10. Sustitución provisional del órgano de administración como medida de actuación temprana.
- Artículo 11. Seguimiento del plan de actuación e información al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 12. Finalización de la situación de actuación temprana.
- Artículo 13. Condiciones para la reestructuración.
- Artículo 14. Plan de reestructuración.
- Artículo 15. Instrumentos de reestructuración.
- Artículo 16. Contenido del plan de reestructuración.
- Artículo 17. Seguimiento del plan de reestructuración e información al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 18. Finalización del proceso de reestructuración.
- Artículo 19. Condiciones para la resolución.
- Artículo 20 Concepto de entidad inviable.
- Artículo 21. Apertura del proceso de resolución.
- Artículo 22. Sustitución del órgano de administración como medida de resolución.
- Artículo 23. Plan de resolución.
- Artículo 24. Medidas preliminares.
- Artículo 25. Instrumentos de resolución.
- Artículo 26. Venta del negocio de la entidad.
- Artículo 27. Banco puente.
- Artículo 28. Instrumentos de apoyo financiero.
- Artículo 29. Instrumentos de recapitalización.
- Artículo 30. Valor económico de la entidad y pago de los instrumentos de recapitalización.
- Artículo 31. Acciones ordinarias o aportaciones al capital social.
- Artículo 32. Instrumentos convertibles en acciones ordinarias o aportaciones al capital social.
- Artículo 33. Régimen especial de la suscripción o adquisición por parte del FROB de los instrumentos de recapitalización.
- Artículo 34. Conversión y desinversión de los instrumentos convertibles en acciones ordinarias o aportaciones al capital social.
- Artículo 35. Sociedad de gestión de activos.
- Artículo 36. Régimen de la transmisión de activos.
- Artículo 37. Régimen sancionador de la sociedad de gestión de activos y sustitución provisional del órgano de administración.
- Artículo 38. Régimen de supervisión de las sociedades de gestión de activos.
- Artículo 39. Acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 40. Tipos de acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 41. Valor de mercado.
- Artículo 42. Publicidad de las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 43. Gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 44. Contenido de las acciones de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada que acuerde el FROB.
- Artículo 45. Criterios de valoración.
- Artículo 46. Aprobación de la acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 47. Publicidad y fecha de efectos del acuerdo del FROB.
- Artículo 48. Modificación de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 49. Derechos de los inversores afectados por una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 50. Derechos de terceros.
- Artículo 51. Régimen sancionador.
- Artículo 52. Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 53. Financiación.
- Artículo 54. Gobierno del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 55. Director General del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 56. Control parlamentario.
- Artículo 57. Cooperación y coordinación con otras autoridades competentes nacionales.
- Artículo 58. Cooperación y coordinación con otras autoridades competentes internacionales.
- Artículo 59. Deber de secreto.
- Artículo 60. Aplicación de la normativa de competencia.
- Artículo 61. Adopción de recomendaciones internacionales.
- Artículo 62. Facultades del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Artículo 63. Facultades mercantiles.
- Artículo 64. Facultades administrativas generales.
- Artículo 65. Carácter ejecutivo de las medidas.
- Artículo 66. Otras condiciones aplicables.
- Artículo 67. Condiciones aplicables a las operaciones financieras y acuerdos de compensación contractual.
- Artículo 68. Medidas de urgencia.
- Artículo 69. Publicidad.
- Artículo 70. Facultades de suspensión de contratos y garantías.
- Artículo 71. Recurso contra las decisiones y acuerdos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria adoptadas con arreglo al artículo 63 de esta Ley.
- Artículo 72. Especialidades del recurso contra las decisiones y actos administrativos dictados en el marco de procesos de actuación temprana, reestructuración y resolución.
- Artículo 73. Especialidades del recurso contra las decisiones y actos administrativos dictados en materia de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
- Artículo 74. Imposibilidad de ejecución de sentencia dictada en los recursos contencioso-administrativos a que se refieren los artículos 72 y 73 de esta Ley.
- Disposición adicional primera. Dotación del FROB.
- Disposición adicional segunda. Ingresos anticipados del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria al Tesoro Público.
- Disposición adicional tercera. Constitución y régimen de las actuaciones de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el FROB.
- Disposición adicional cuarta. Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para operaciones del FROB.
- Disposición adicional quinta. Efectos de los procesos de actuación temprana, reestructuración y de resolución sobre la continuidad de las actividades de las entidades de crédito.
- Disposición adicional sexta. Régimen jurídico del otorgamiento de avales en garantía de las obligaciones económicas exigibles al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria.
- Disposición adicional séptima. Creación de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
- Disposición adicional octava. Activos a transmitir a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
- Disposición adicional novena. Entidades obligadas a transmitir Activos a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
- Disposición adicional décima. Patrimonios separados.
- Disposición adicional undécima. Consecuencias de las pérdidas en que incurran las entidades de crédito controladas por el FROB en relación con su patrimonio neto.
- Disposición adicional duodécima. Contratación por el trámite de emergencia en el FROB.
- Disposición adicional decimotercera. Comercialización a minoristas de participaciones preferentes, instrumentos de deuda convertibles y financiaciones subordinadas computables c…
- Disposición adicional decimocuarta. Referencias al Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entida…
- Disposición adicional decimoquinta. Régimen especial de transformación de las sociedades gestoras de titulización en sociedades gestoras de FAB.
- Disposición adicional decimosexta. Concesión de un crédito extraordinario en el Presupuesto del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Disposición adicional decimoséptima. Régimen fiscal de los Fondos de Activos Bancarios y de sus partícipes.
- Disposición adicional decimoctava. Costes de personal y la Comisión de Seguimiento de la Sociedad de gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
- Disposición adicional decimonovena. Informe sobre las retribuciones de las entidades de crédito en proceso de reestructuración o resolución.
- Disposición adicional vigésima. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Disposición adicional vigésima primera. Régimen fiscal de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria.
- Disposición adicional vigésima segunda. Demandas ejecutivas iniciadas por la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S.A. (SAREB).
- Disposición transitoria primera. Procesos de reestructuración en curso.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos sancionadores y de autorización en curso.
- Disposición transitoria tercera. Apoyos financieros recibidos.
- Disposición transitoria cuarta. Plan general de viabilidad.
- Disposición transitoria quinta. Régimen de aportación de activos de la Ley 8/2012, de 30 de octubre, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero.
- Disposición transitoria sexta. Requerimientos de capital principal hasta 31 de diciembre de 2012.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de Coeficientes de Inversión, Recursos Propios y Obligaciones de Información de los Intermediarios Fina…
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio, sobre Adaptación del Derecho vigente en materia de Entidades de Crédito al de las…
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
- Disposición final quinta. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
- Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto-ley 2/2011, de 18 de febrero, para el reforzamiento del sistema financiero.
- Disposición final octava. Modificación del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.
- Disposición final novena. Modificación del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero.
- Disposición final décima. Modificación de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
- Disposición final undécima. Modificación del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero.
- Disposición final duodécima. Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.
- Disposición final decimotercera. Modificación del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorro.
- Disposición final decimocuarta. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
- Disposición final decimoquinta. Modificación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real De…
- Disposición final decimosexta. Modificación del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
- Disposición final decimoséptima. Modificación del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Normas que la modifican o afectan (17)
Normas a las que afecta (21)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 9/2012?
- Ley 9/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 9/2012?
- El BOE registra 17 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 9/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.