Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.
BOE-A-2013-3199 · Boletín Oficial del Estado, 2013-03-23 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 6/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula la protección de los titulares de ciertos productos de ahorro e inversión y establece medidas financieras en el contexto de la reestructuración del sistema bancario español. Aplica a los clientes de entidades financieras que han adquirido instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada, y su entrada en vigor fue el 23 de marzo de 2013.
Entre los puntos clave, se crea una Comisión de seguimiento para analizar las reclamaciones relacionadas con estos productos y proponer mejoras en su comercialización. Además, se otorgan nuevas funciones al Fondo de Garantía de Depósitos, permitiéndole adquirir acciones no cotizadas para proporcionar liquidez a los clientes afectados. También se establece una contribución especial del 3 por mil sobre los depósitos de las entidades adheridas, que se aplicará una sola vez para reforzar el patrimonio del Fondo. Por último, se modifican varias leyes para facilitar la supervisión y regulación del sector financiero, asegurando una mayor protección a los consumidores.
La norma no está derogada y sigue vigente en su totalidad.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 6/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-03-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 71, 2013-03-23
- Entrada en vigor
- 2013-03-24
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 11
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-3199
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada.
- Artículo 2. Modificación de la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito …
- Disposición adicional primera. Medidas de aplicación del Reglamento (UE) N.º 260/2012 del Parlamento europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requi…
- Disposición adicional segunda. Atención de reclamaciones derivadas de compromisos adquiridos por las entidades de crédito en virtud de la disposición adicional única del Real De…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
- Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29…
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
- Disposición final cuarta. Título competencial.
- Disposición final quinta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (6)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 6/2013?
- Real Decreto-ley 6/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 6/2013?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 6/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.