Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros.
BOE-A-2010-11086 · Boletín Oficial del Estado, 2010-07-13 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 11/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
El Real Decreto-ley 11/2010 regula aspectos fundamentales del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros en España, con el objetivo de adaptarlas a un contexto financiero cambiante y mejorar su eficiencia. Esta norma es aplicable a todas las Cajas de Ahorros desde su entrada en vigor el 10 de julio de 2010.
Entre los puntos clave, se establece la posibilidad de que las cuotas participativas incluyan derechos políticos, lo que busca hacerlas más atractivas para los inversores. Además, se promueve la profesionalización de los órganos de gobierno de las Cajas, limitando la representación de las Administraciones Públicas y exigiendo un mayor nivel de cualificación a sus miembros. También se introducen nuevas alternativas organizativas, permitiendo que las Cajas ejerzan su actividad a través de bancos controlados por ellas o se transformen en fundaciones de carácter especial. Por último, se establece un régimen fiscal especial para facilitar la reestructuración de estas entidades, garantizando su viabilidad y acceso a recursos.
Es importante señalar que esta norma ha sido derogada por disposiciones posteriores, por lo que su contenido ya no está vigente.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 11/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-07-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 169, 2010-07-13
- Entrada en vigor
- 2010-07-14
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 23
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-11086
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Las Cajas de Ahorros españolas cumplen con una función esencial dentro de nuestro sistema financiero y de nuestro entramado social. Desde un punto de vista económico han sido a lo largo de nuestra historia motor del crecimiento impulsando el fomento del ahorro, la movilización de recursos y la inclusión financiera del conjunto de los ciudadanos. Asimismo se han configurado como un elemento determinante en el acceso al crédito de familias y empresas. Por otra han actuado en beneficio del interés general a través del cumplimiento de su función social. La dedicación de sus excedentes a la dotación de bienes y servicios sociales en los territorios en los que actúan resulta un complemento indispensable dentro de nuestro Estado de bienestar.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
- Artículo 3. Modificación de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de regulación de las normas básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro.
- Artículo 4. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
- Artículo 5. Ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas de ahorros.
- Artículo 6. Transformación de cajas de ahorros en fundaciones de carácter especial.
- Artículo 7. Régimen fiscal.
- Artículo 8. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
- Disposición adicional única. Reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las cuotas participativas.
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de la legislación de las Comunidades Autónomas en materia de cajas de ahorros.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de los Estatutos de las cajas de ahorros.
- Disposición transitoria cuarta. Adaptación de nuevos órganos de gobierno.
- Disposición transitoria quinta. Continuidad de actuales órganos de gobierno.
- Disposiciones transitorias primera a quinta.
- Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio para determinados miembros de órganos de gobierno.
- Disposición transitoria séptima. Cómputo total del mandato en determinados supuestos.
- Disposición transitoria octava. Régimen transitorio fiscal.
- Disposición transitoria novena. Régimen transitorio de la transformación de las Cajas de Ahorros en fundaciones de carácter especial.
- Disposiciones transitorias séptima a novena.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 11/2010?
- Real Decreto-ley 11/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 11/2010?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 11/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.