Disposición adicional única. Reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
Disposición adicional única del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. · BOE-A-2010-11086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-29.
Texto consolidado
(Derogado).
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias..
Más artículos de Real Decreto-ley 11/2010
- ← Artículo 8. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligacio…
- → Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las cuotas participativas.
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros.