Disposición transitoria segunda. Adaptación de la legislación de las Comunidades Autónomas en materia de cajas de ahorros.
Disposición transitoria segunda del Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. · BOE-A-2010-11086
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-14.
Texto consolidado
En el plazo de seis meses las Comunidades Autónomas adaptarán su legislación sobre cajas de ahorros a lo dispuesto en este Real Decreto-Ley.
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