Disposición final sexta. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Disposición final sexta de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. · BOE-A-2012-14062
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-01.
Texto consolidado
(Derogada)
Téngase en cuenta que esta disposición se deroga con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.h) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4859#dd
Redacción anterior:
El párrafo k) del apartado 2 de la disposición adicional segunda de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, quedará redactado en los siguientes términos:
«k) La Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.»
Se deroga, con efectos de 1 de septiembre de 2020, por la disposición derogatoria única.2.h) del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2020-4859#dd
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal..
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- Ver la norma completa: Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.