Ley 8/2022, de 11 de noviembre, de sucesión voluntaria paccionada o contractual de las Illes Balears.
BOE-A-2022-20278 · Boletín Oficial del Estado, 2022-12-03 · Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Ley 8/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Ley 8/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-11-11
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 290, 2022-12-03
- Entrada en vigor
- 2023-01-17
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 87
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-20278
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Eficacia.
- Artículo 3. Ley aplicable.
- Artículo 4. Aplicación supletoria.
- Artículo 5. Forma.
- Artículo 6. Capacidad del donante en la donación universal.
- Artículo 7. Capacidad del donatario en la donación universal.
- Artículo 8. Capacidad en la definición.
- Artículo 9. Reglas interpretativas.
- Artículo 10. Integración.
- Artículo 11. Concepto.
- Artículo 12. Sujetos.
- Artículo 13. Tipos.
- Artículo 14. Cláusulas adicionales.
- Artículo 15. Facultades dispositivas del donante.
- Artículo 16. Testamentos y codicilos.
- Artículo 17. Revocación de la reserva de usufructo.
- Artículo 18. Revocación de las sustituciones y otras instituciones.
- Artículo 19. Responsabilidad por deudas del donante.
- Artículo 20. Derecho de transmisión.
- Artículo 21. Derecho de retracto.
- Artículo 22. Ejercicio del derecho de retracto.
- Artículo 23. Efectos de la donación fallecido el donante.
- Artículo 24. Novación de la donación universal.
- Artículo 25. Mutuo disenso.
- Artículo 26. Novación y mutuo disenso en caso de premoriencia del donatario.
- Artículo 27. Reglas comunes a la novación y al mutuo disenso.
- Artículo 28. Irrevocabilidad.
- Artículo 29. Causas generales de revocación.
- Artículo 30. Causas específicas de revocación.
- Artículo 31. Ejercicio notarial de la facultad de revocación.
- Artículo 32. Procedimiento judicial de revocación.
- Artículo 33. Anotación preventiva del ejercicio de la revocación.
- Artículo 34. Sucesión procesal.
- Artículo 35. Efectos de la revocación respecto a los bienes presentes.
- Artículo 36. Efectos de la revocación respecto a la cualidad de heredero.
- Artículo 37. Preterición, supervivencia y superveniencia.
- Artículo 38. Concepto, tipología y caracteres esenciales.
- Artículo 39. Contenido.
- Artículo 40. Computación y colación de donaciones.
- Artículo 41. Premoriencia del definido.
- Artículo 42. Mutuo disenso.
- Artículo 43. Causas de revocación.
- Artículo 44. Ejercicio del procedimiento de revocación.
- Artículo 45. Definición y sucesión contractual.
- Artículo 46. Definición y sucesión testamentaria.
- Artículo 47. Definición y sucesión intestada.
- Artículo 48. Definición amplia y sucesión contractual.
- Artículo 49. Definición amplia y sucesión testamentaria.
- Artículo 50. Definición amplia y sucesión intestada.
- Artículo 51. Concepto.
- Artículo 52. Forma.
- Artículo 53. Compatibilidad entre sucesiones.
- Artículo 54. Pluralidad de pactos sucesorios.
- Artículo 55. Compatibilidad de pactos sucesorios.
- Artículo 56. Contenido de los pactos sucesorios.
- Artículo 57. Objeto de los pactos sucesorios.
- Artículo 58. Interpretación e integración.
- Artículo 59. Capacidad de la persona instituyente.
- Artículo 60. Personas instituidas.
- Artículo 61. Representación.
- Artículo 62. Irrevocabilidad y excepciones.
- Artículo 63. Novación.
- Artículo 64. Compatibilidad entre sucesiones.
- Artículo 65. Modalidades.
- Artículo 66. Concepto.
- Artículo 67. Capacidad de la persona instituida.
- Artículo 68. Pactos con transmisión actual.
- Artículo 69. Pactos sin transmisión actual.
- Artículo 70. Concepto.
- Artículo 71. Capacidad de la persona instituida.
- Artículo 72. Pactos con transmisión actual.
- Artículo 73. Pactos sin transmisión actual.
- Artículo 74. Concepto.
- Artículo 75. Capacidad.
- Artículo 76. Concepto.
- Artículo 77. Modalidades de finiquito de legítima.
- Artículo 78. Efectos del finiquito o renuncia.
- Artículo 79. Concepto.
- Artículo 80. Efectos.
- Disposición adicional primera. Modificaciones normativas.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria única. Irretroactividad y retroactividad voluntaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación de artículos de la Compilación de Derecho civil de las Illes Balears.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Texto refundido.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 8/2022?
- Ley 8/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 8/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.