Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la compilación del derecho civil de las Islas Baleares.
BOIB-i-1990-90001 · Boletín Oficial de las Islas Baleares, 1990-10-02 · Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Decreto Legislativo 79/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2024-03-19.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 79/1990
- Fecha de la disposición
- 1990-09-06
- Publicación
- Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 120, 1990-10-02
- Entrada en vigor
- 1990-10-22
- Departamento
- Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2024-03-19
- Artículos
- 93
- Identificador BOE
- BOIB-i-1990-90001
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
La Ley 8/1990, de 28 de junio, sobre la Compilación del Derecho Civil de Baleares, ha venido a modificar multitud de preceptos de la Compilación del Derecho Civil especial de Baleares aprobada por Ley 5/61, de 19 de abril.
Tras la entrada en vigor de la Ley 8/1990, nos encontramos con que el Derecho Civil de Baleares viene regulado por dos disposiciones distintas, por eso mismo el artículo vigésimo quinto de la citada ley autorizó al Govern de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears para aprobar mediante Decreto Legislativo, un texto refundido que recogiera por una parte los preceptos todavía vigentes de la Ley 5/61, así como las innovaciones introducidas por el Parlamento de las Islas Baleares mediante la Ley 8/1990.
Índice del articulado
- Artículo único.
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3. El régimen económico matrimonial.
- Artículo 4. Efectos patrimoniales del matrimonio.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 7 bis
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 51.
- Artículo 52.
- Artículo 53.
- Artículo 54.
- Artículo 55.
- Artículo 56.
- Artículo 57.
- Artículo 58.
- Artículo 59.
- Artículo 60.
- Artículo 61.
- Artículo 62.
- Artículo 63.
- Artículo 64.
- Artículo 65.
- Artículo 66. Los “espòlits”.
- Artículo 67.
- Artículo 68. Usufructo universal capitular.
- Artículo 69.
- Artículo 69 bis
- Artículo 70.
- Artículo 71.
- Artículo 72.
- Artículo 73.
- Artículo 74.
- Artículo 75.
- Artículo 76.
- Artículo 77.
- Artículo 78.
- Artículo 79.
- Artículo 80.
- Artículo 81.
- Artículo 82.
- Artículo 83.
- Artículo 84.
- Artículo 85.
- Artículo 86.
- Disposición Final Primera.
- Disposición Final Segunda.
- Disposición Transitoria Primera.
- Disposición Transitoria Segunda.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| En relación con | Ley 5/1961, de 19 de abril |
| En relación con | Ley 8/1990, de 28 de junio |
| De conformidad con | el art. 27.2 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 79/1990?
- Decreto Legislativo 79/1990 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2024-03-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 79/1990?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 79/1990?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.